São Paulo, 15/11/2023 – De enero a agosto de este año, el Supremo Tribunal Federal (STF) atendió 204 (63%) de 324 solicitudes de empresas para anular decisiones de la Justicia del Trabajo que reconocieron relaciones de trabajo, según un estudio de la Fundación Getúlio Vargas de São Paulo (FGV-SP) obtenido por Broadcast.
Las decisiones han sido impugnadas mediante recursos de amparo. En este tipo de recurso, no se analizan las pruebas del caso. Los magistrados se limitan a evaluar si el fallo, dictado en primera instancia, se ajustó a la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
En cuanto a la externalización de la actividad principal, o pejotización, la Corte Suprema recibió 167 demandas de empresas que buscaban anular las decisiones de los Tribunales Laborales que reconocían las relaciones laborales. De estas solicitudes, 80 (el 48%) fueron admitidas por los magistrados. Los casos involucran contratos de persona jurídica (PJ) que, a juicio de los jueces laborales, constituyen fraude.
En cuanto a la contratación de abogados asociados, el 75% de las decisiones de la Corte Suprema no reconocieron la existencia de una relación laboral y permitieron la contratación como contratistas independientes. En casos relacionados con el transporte de mercancías independiente, el 84% de las decisiones determinaron que la jurisdicción de los Tribunales Comunes, y no la de los Tribunales Laborales, recae en los tribunales. En cuanto a otros contratistas independientes, el 54% de las decisiones de la Corte Suprema permitieron la contratación.
Para la coordinadora de investigación, Olívia Pasqualeto, existe una distinción importante entre la pejotización (empleo privado) y la subcontratación que no se aborda en las decisiones del Tribunal Supremo. "Cuando el Tribunal Supremo (en 2018) autorizó la posibilidad de subcontratar, se empezaron a tomar medidas, como contratar a una persona jurídica, que no es lo mismo que subcontratar. Como persona jurídica, contrato a alguien directamente, lo cual no constituye fraude en sí mismo, pero en muchos casos sí lo es. Y, a menudo, lo que hace el Tribunal Laboral es evaluar si existe fraude".
El investigador dijo a Broadcast.
En 2018, el Tribunal Supremo validó la externalización de las actividades principales de las empresas y estableció la tesis de que «la externalización o cualquier otra forma de división del trabajo entre distintas personas jurídicas es lícita». La encuesta de FGV-SP concluye que, entre los magistrados, prevalece una interpretación amplia de los precedentes del Tribunal Supremo. «Existe una tendencia a validar, con cierta facilidad, otras formas de...»
"Contratación distinta a la laboral", evalúa Pasqualeto. La encuesta también observó un aumento en las quejas contra las decisiones de los Tribunales Laborales entre 2018 y 2020. Una posible explicación, según el estudio, es el inicio de la reforma laboral, que
Amplió las posibilidades de externalización. El abogado Daniel Domingues Chiode, socio del despacho Chiode Minicucci | Littler y abogado de Cabify en las demandas pendientes ante el Tribunal Supremo, considera que la actuación del Tribunal Supremo en este asunto se debe a la falta de regulación de las nuevas formas de trabajo y a la aplicación incorrecta del CLT por parte de los tribunales laborales. «El Tribunal Supremo ha reconocido que la evolución de los métodos de producción no se ajusta al CLT», declaró el abogado a Broadcast.
Chiode rechaza la crítica de que el Tribunal Supremo confunde la pejotização (autónomo) con la externalización. Cree que existe una "armonía" entre las decisiones del Tribunal. "Lo vinculante no es solo la tesis, sino la tesis combinada con las razones subyacentes", afirma. "Al leer las decisiones en su totalidad, veo que el Tribunal Supremo abordó la cuestión de maneras diferentes a las del derecho laboral".
En decisiones unipersonales, los magistrados de la Corte Suprema han expresado su incomodidad con las acciones de los jueces laborales. «En definitiva, la ingeniería social que el Tribunal Laboral ha intentado implementar no es más que un intento inútil de frustrar la evolución de los medios de producción, que ha venido acompañada de avances legislativos en esta materia», declaró el juez Gilmar Mendes.
En septiembre, el Tribunal Superior del Trabajo ordenó a Uber contratar a todos los conductores activos de su plataforma bajo el CLT, además de pagar 1.000 millones de reales en concepto de daños morales colectivos. Según una encuesta de la plataforma de métricas legales Data Lawyer, existen 15.221 demandas (activas y finalizadas) contra Uber, 99 y Cabify.
De estas, 5.555 son decisiones favorables a las aplicaciones y 2.388 a los trabajadores. El equipo del presidente del Tribunal Supremo, Luís Roberto Barroso, estudia la manera de unificar la jurisprudencia sobre este tema. Una solución que se está considerando es una sentencia de repercusión general (RG), que afecta a todos los casos pendientes en los tribunales. Según Broadcast, existe la posibilidad de que la apelación de Uber contra una de sus condenas en el Tribunal Laboral se resuelva mediante una RG.
Artículo publicado originalmente el 14 de noviembre de 2023 en el sitio web de Estadão.