En los medios

Zanin revoca decisión de TST y niega relación laboral con repartidor de Rappi

El ministro Cristiano Zanin, del STF (Supremo Tribunal Federal), revocó una decisión del TST (Tribunal Superior del Trabajo) y negó el vínculo laboral a un conductor de la aplicación Rappi.

Este es el primer fallo de Zanin sobre trabajadores de aplicaciones móviles y el primero del Tribunal Supremo que revoca una sentencia del Tribunal Superior del Trabajo (TST). Hasta entonces, el tribunal había negado el derecho a contratar en virtud de la CLT (Consolidación de las Leyes Laborales) en casos resueltos por tribunales laborales regionales.

El ministro aceptó los argumentos de Rappi de que el hecho de actuar como intermediario en el servicio de entrega entre el trabajador y el consumidor no garantiza la existencia de un vínculo entre las partes.

En su informe, Zanin afirma que la denuncia de la empresa está "bien fundada" porque lo definido por el Tribunal del Trabajo "contraviene decisiones vinculantes del Supremo Tribunal Federal".

La posición del STF sobre los conductores de aplicaciones se ha basado en las propias definiciones del tribunal que permiten la subcontratación y otros tipos de contratación profesional, como el contrato PJ (Persona Jurídica).

El tira y afloja entre la Justicia del Trabajo y la Corte Suprema se intensificó este año, con decisiones de los jueces Gilmar Mendes y Alexandre de Moraes a favor de las aplicaciones y en contra de la relación laboral destacadas por la Justicia del Trabajo en casos que involucran a conductores que transportan pasajeros o entregan alimentos.

Daniel Domingues Chiode, socio de la firma Chiode Minicucci | Littler, quien representó a Rappi en la demanda, dice que la Consolidación de Leyes del Trabajo (CLT) no es adecuada ni actualizada para regular este tipo de actividad profesional, y por tanto, el contrato de trabajo por cuenta propia es la aproximación más cercana a estas nuevas formas de actividad profesional.

Para él, la única salida sería revocar la decisión. "No se trata de violar la jurisdicción del Tribunal Laboral, sino de preservar la autoridad de la Corte Suprema cuando una decisión del Tribunal Laboral viola la Constitución", afirma.

Este argumento es refutado por abogados laboralistas, jueces laborales y el propio Colegio de Abogados de Brasil (OAB). Argumentan que el Tribunal Superior del Trabajo (TST) es el máximo tribunal para resolver casos laborales, y sus decisiones no deberían ser revocadas por el Supremo Tribunal Federal (STF), ya que las competencias de los tribunales difieren.

En la “Carta en Defensa de la Jurisdicción Constitucional de la Justicia del Trabajo”, un grupo de más de 60 defensores de la justicia laboral piden al Supremo Tribunal Federal que respete el artículo 114 de la Constitución Federal, garantizando la jurisdicción del tribunal en sus acciones y toma de decisiones respecto de las relaciones entre empleadores y empresas.

“Los tribunales laborales y sus jueces merecen prestigio y respeto como órganos constitucionales encargados de ejercer una jurisdicción especializada, centrada en la aplicación de la ley, la seguridad jurídica y la pacificación social”, se lee en el extracto.

En una nota firmada por Michele Volpe, director del departamento jurídico de Rappi, la aplicación afirma que la decisión tomada por Cristiano Zanin consagra "la libertad económica y la organización de las actividades productivas".

“Rappi trabaja con un modelo de prestación de servicios, donde los repartidores son profesionales independientes, constituyendo un nuevo tipo de trabajo”, señala la nota.

“Vinimos a Brasil para quedarnos y para ello necesitamos que se garantice la seguridad jurídica del modelo de negocio de Rappi y de las demás plataformas en Brasil”, añade la empresa.

Artículo publicado originalmente el 22 de noviembre de 2023 en el sitio web de Folha de S. Paulo.

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