En los medios

Gilmar critica a Tribunal Laboral por cancelar relación entre conductor y app

Es lícito contratar profesionales autónomos para prestar servicios inherentes a la actividad principal de la empresa contratante.

Con base en ese entendimiento, el ministro Gilmar Mendes, del Supremo Tribunal Federal, anuló una sentencia del Tribunal Regional del Trabajo de la 3ª Región (MG) que reconoció la relación laboral entre un conductor de app y la plataforma Cabify (que ya no opera en Brasil).

La decisión se motiva a raíz de una demanda constitucional interpuesta por la empresa con una solicitud de medida cautelar. En la demanda, la empresa argumentó que la sentencia TRT-3 incumplía el entendimiento establecido por el Supremo Tribunal Federal (STF) en las sentencias ADPF 324 y RE 958.252 (Repercusión General, Número 725), en las que el tribunal dictaminó que las formas de contratación distintas de la relación laboral establecida en el artículo 3 del Texto Consolidado de las Leyes del Trabajo son lícitas.

En su fallo, el magistrado del Tribunal Supremo declaró que la decisión del Tribunal Regional del Trabajo de Minas Gerais desconocía el precedente judicial en la materia. También afirmó que el Tribunal Superior del Trabajo ha obstaculizado gravemente las decisiones políticas tomadas por los poderes Ejecutivo y Legislativo.

“En última instancia, la ingeniería social que ha pretendido llevar a cabo el Tribunal Laboral no es más que un intento inútil de frustrar la evolución de los medios de producción, que han venido acompañados de novedades legislativas en esta materia”.

Gilmar argumentó que si la Constitución Federal no impone un modelo productivo específico, no tiene sentido mantener las “trabas” de un modelo que va a contracorriente de la tendencia mundial.

“La libertad de organización productiva de los ciudadanos es esencial para el progreso de los trabajadores brasileños, entendida como directriz del poder regulador para evitar intervenciones en la dinámica de la economía que sean incompatibles con los postulados de proporcionalidad y razonabilidad”.

El abogado Daniel Domingues Chiode, socio del despacho Chiode Minicucci | Littler y representante de Cabify en demandas pendientes ante la Corte Suprema, destacó la importancia de las decisiones: "Esta nueva decisión del juez Gilmar Mendes reafirma la comprensión de que los trabajadores de apps no están cubiertos por los tipos de trabajo regulados por la Consolidación de Leyes Laborales (CLT)".

La Consolidación de Leyes Laborales (CLT), en opinión de la Corte Suprema, definitivamente no está preparada para regular el trabajo a través de aplicaciones. Al igual que con otras reformas, la Corte Suprema, a través de sus decisiones, anticipó y estableció marcos regulatorios con fundamento en la Constitución para temas sensibles. Esto ocurrió con la reforma laboral, la reforma electoral, entre otras, añadió.

Artículo publicado originalmente el 15 de noviembre de 2023 en el sitio web de Conjur.

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