El 1 de mayo, Día del Trabajo, que celebra su 99.º aniversario en Brasil, es una fecha muy importante para los trabajadores sujetos a la Consolidación de las Leyes del Trabajo (CLT). Si bien la mayoría de los trabajadores tienen derecho a tiempo libre, algunos sectores esenciales pueden operar, siempre que ofrezcan compensaciones como un segundo día libre, doble paga o banco de tiempo, según lo estipulado en los convenios colectivos. La reciente discusión sobre la Ordenanza 3.665 del Ministerio de Trabajo y Empleo, que limitó el trabajo en días festivos en sectores como el comercio minorista, generó un intenso debate y condujo a su revocación. Ahora, un proyecto de decreto legislativo busca regular estas cuestiones, especialmente en el comercio minorista, donde existen desacuerdos sobre el carácter esencial de sectores como los supermercados.
El abogado Daniel Chiode, de Chiode Minicucci Advogados Littler, enfatiza que la compensación por el trabajo en días festivos no puede compensarse con el descanso dominical, ya que este es un día de descanso regular. Destaca la importancia de que los trabajadores accedan a sus convenios colectivos para comprender sus derechos, explicando que, en caso de conflicto entre el convenio y la Consolidación de Leyes Laborales (CLT), prevalece el convenio. Chiode también menciona que los empleados con sobresuficiencia, aquellos con educación superior y que reciben el doble del límite máximo de la Seguridad Social, pueden negociar convenios individuales sin necesidad de intervención sindical.
El artículo concluye con la expectativa de que las discusiones sobre el trabajo en días festivos se resuelvan pronto, destacando la necesidad de convenios o convenciones colectivas que garanticen una compensación adecuada a los trabajadores convocados a trabajar en estos días. La nueva ordenanza, cuya entrada en vigor estaba prevista para marzo, se suspendió por 90 días, con fecha de implementación prevista para el 1 de junio, lo que refleja la complejidad e importancia del tema para la economía y los derechos laborales en Brasil.
Artículo publicado originalmente el 29 de abril de 2024 en el sitio web de Folha de S. Paulo. Para acceder al artículo, haga clic en en este enlace.