En los medios

Protección de la externalización de las relaciones laborales: Cuidado formal importante en la práctica

En un mercado cada vez más competitivo, la externalización de servicios es una práctica común, incluso debido a la especialización en la prestación de servicios. Sin embargo, puede conllevar riesgos, lo que requiere una atención especial por parte de los empresarios para garantizar la seguridad jurídica y evitar el reconocimiento de una relación laboral entre los trabajadores externalizados y la empresa contratante. 
 
En el artículo “Blindando la Subcontratación de Relaciones Laborales: Precauciones Formales”, nuestros asociados Otto Dmitry Garkauskas Hernandes y Victor Zampolo destacan, con un enfoque práctico, las principales precauciones formales que la empresa contratante debe adoptar para protegerse mejor de responsabilidades laborales y financieras que muy bien pueden evitarse.
 
Algunas precauciones cubiertas en el artículo son:
– Verificación estricta de los requisitos legales de la Ley 6.019/1974;
– Análisis detallado de la documentación de la empresa proveedora;
– Exigencia de certificados negativos de trabajo y seguridad social;
– Inclusión de cláusulas contractuales que asignen responsabilidades al proveedor;
– Inserción de cláusulas expresas que prohíban la asignación de ex empleados despedidos en los últimos 18 meses;
– Obligación del contratista de declarar formalmente la situación de los trabajadores desplazados;
– Debida diligencia previa y seguimiento continuo durante toda la vigencia del contrato, con comprobante regular de pagos de salario, FGTS e INSS.

Este es un resumen del artículo publicado en 26/05/2025 ningún sitio lo hace MigasPara acceder al artículo, haga clic aquí. enlace.
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