En dos decisiones recientes, el juez Dias Toffoli del Supremo Tribunal Federal (STF) revocó sentencias laborales favorables a la relación laboral entre Rappi y los repartidores en São Paulo y Minas Gerais. El juez también ordenó una nueva sentencia en el caso específico.
Las sentencias se emitieron en dos demandas: RCL 65.409 y RCL 65.897. En la primera, Rappi impugnó dos decisiones: una del Tribunal Regional del Trabajo de la 3.ª Región, en Minas Gerais, y otra del Tribunal Superior del Trabajo (TST). En este caso, Toffoli también revocó la decisión del TST que denegó el recurso. La segunda demanda se refiere a una demanda del Tribunal Regional del Trabajo de São Paulo (TRT2).
Según la interpretación de los abogados consultados por JOTA, en ambos casos, el ministro pide que los tribunales laborales empiecen a seguir la jurisprudencia del Tribunal Supremo que establece que la externalización es lícita, incluso en relación con la actividad principal, sin que tenga que hablarse de vinculación directa por la ilegalidad de la externalización, especialmente la del conductor autónomo.
En sus decisiones, el magistrado también señala que una apelación se ve afectada por el sistema general de repercusión de la Corte Suprema para discutir el asunto. También señala que la Corte Suprema tiene la última palabra en las controversias constitucionales.
“Assim, não obstante o princípio da especialidade recomende a incidência da CLT no processo trabalhista, é certo que a sistemática da repercussão geral tem sua regulamentação no CPC [Código de Processo Civil] e deve ser aplicada de maneira isonômica entre os órgãos do Poder Judiciário nacional, por regulamentar a competência do STF para solucionar, como última instância, matéria constitucional dotada de repercussão geral, competindo aos demais órgãos do Poder Judiciário a concretização da tese caso a caso.”
Según abogados consultados por JOTA, una de las razones por las que Toffoli pudo haber dictado esta sentencia fue que algunos tribunales laborales, como el TRT-3 de Minas Gerais, han emitido nuevas sentencias que reconocen la relación sin tener en cuenta las sentencias del Tribunal Supremo. Recientemente, la jueza Carmen Lúcia calificó de "injustificable" la reticencia del TRT-3 a aplicar la interpretación del Tribunal al revocar una sentencia que reconocía la relación laboral entre una compañía de seguros y un franquiciado (Rcl 65.825).
"Es como si la Corte Suprema obligara al Tribunal Superior del Trabajo a acatar su jurisprudencia y no simplemente a resolver el caso laboral. El juez Toffoli utilizó una técnica de decisión diferente en los recursos de amparo, pero con el mismo efecto práctico", explica Daniel Chiode, abogado de Rappi.
Artículo publicado originalmente el 29 de marzo de 2024 en el portal JOTA.